✔ Información revisada y actualizada en julio de 2026.
Los gastos de comprar una vivienda en España no se limitan al precio que se paga al vendedor. El comprador debe prever impuestos, notaría, Registro de la Propiedad, una posible gestoría, tasación si solicita hipoteca y otros costes jurídicos, técnicos o administrativos.
La cantidad cambia considerablemente según se trate de una vivienda nueva o usada, la comunidad autónoma, el valor de referencia del Catastro, las circunstancias personales del comprador y la existencia de financiación hipotecaria.
Esta guía explica cuánto dinero hay que ahorrar para comprar una vivienda, qué paga el comprador, qué corresponde al banco o al vendedor y cómo calcular el presupuesto completo mediante ejemplos realistas.
Cuánto dinero hay que ahorrar para comprar una vivienda
Para calcular los ahorros necesarios deben separarse dos cantidades:
- La parte del precio no financiada: diferencia entre el precio de compra y el préstamo hipotecario.
- Los impuestos y gastos: normalmente deben pagarse con fondos propios y no suelen quedar cubiertos por una hipoteca ordinaria.
Entrada más gastos
Si el banco financia el 80 % del menor valor entre precio y tasación, el comprador necesita aportar al menos el 20 % restante del precio. A esto se suman impuestos y gastos.
Por esa razón, una referencia habitual para planificar es disponer aproximadamente de un 30 % a un 35 % del precio:
- alrededor del 20 % para completar el precio;
- aproximadamente entre el 10 % y el 15 % para impuestos y gastos.
Este cálculo no es una regla bancaria ni fiscal. El préstamo puede ser inferior o superior al 80 % y los impuestos pueden quedar fuera del rango por tipos reducidos, valores de referencia altos o características especiales.
Fórmula básica
Puede utilizarse esta fórmula:
Ahorro necesario = precio no financiado + impuestos + gastos de compra + costes iniciales + fondo de seguridad
El fondo de seguridad
No conviene destinar todo el ahorro a la firma. Después pueden aparecer:
- mudanza;
- reparaciones;
- muebles y electrodomésticos;
- altas o cambios de suministros;
- primera cuota de comunidad;
- seguro;
- una derrama conocida;
- imprevistos familiares o laborales.
Para comprobar si la cuota será sostenible, consulte la guía sobre capacidad de endeudamiento para una hipoteca .
Qué paga el comprador, qué paga el vendedor y qué paga el banco
Conviene distinguir los gastos de la compraventa de los gastos de constitución de la hipoteca. Que ambos documentos se firmen el mismo día no significa que sean una única operación.
| Comprador | Vendedor | Banco en la hipoteca |
|---|---|---|
| ITP en vivienda usada o IVA y AJD en vivienda nueva | Plusvalía municipal, cuando proceda | Notaría de la escritura hipotecaria |
| Inscripción de la compraventa | IRPF o IRNR por la ganancia, cuando corresponda | Registro de la hipoteca |
| Tasación hipotecaria | Cancelación de su hipoteca o cargas | Gestoría de la hipoteca |
| Copias que solicite, asesoramiento propio y gestoría de compraventa | Certificado energético y documentos que deba aportar | Impuesto de la escritura hipotecaria |
La tabla refleja el reparto general. Los pactos, una compraventa entre empresarios, la condición de no residente o una normativa especial pueden modificar determinados efectos económicos.
Gastos de otorgamiento de la escritura
El artículo 1455 del Código Civil establece, salvo pacto en contrario, que los gastos de otorgamiento de la escritura corresponden al vendedor y los de la primera copia y demás posteriores a la venta, al comprador.
En la práctica, los contratos suelen contener una cláusula de distribución de gastos. Debe leerse antes de firmar y no confundirse con los impuestos, cuyo obligado lo determina la ley tributaria.
Los impuestos no cambian de sujeto por un pacto privado
Comprador y vendedor pueden acordar quién soportará económicamente una cantidad, pero ese pacto no modifica por sí solo quién responde ante Hacienda.
Gastos al comprar una vivienda nueva
La vivienda nueva adquirida al promotor tributa normalmente por IVA y por la modalidad de documentos notariales de Actos Jurídicos Documentados.
IVA del 10 %
La entrega de una vivienda nueva tributa con carácter general al 10 % de IVA.
Ese tipo también comprende, dentro de los requisitos legales, hasta dos plazas de garaje por vivienda y los anexos situados en el edificio que se transmitan conjuntamente.
IVA del 4 % en determinadas VPO
Se aplica el 4 % a viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública cuando se cumplen las condiciones.
No toda vivienda protegida tiene automáticamente IVA del 4 %. Debe comprobarse la calificación concreta. Puede ampliarse en la guía sobre vivienda protegida en España .
AJD en vivienda nueva
Además del IVA, el comprador suele pagar Actos Jurídicos Documentados por la escritura de compraventa.
El tipo depende de la comunidad autónoma y puede haber tipos reducidos por edad, discapacidad, familia numerosa, vivienda habitual, VPO u otras circunstancias.
Como simple referencia de planificación, muchos tipos generales autonómicos se encuentran alrededor del 0,5 % al 1,5 %, pero no debe aplicarse ese rango sin consultar la tarifa vigente en la comunidad donde se ubica el inmueble.
Pagos a cuenta al promotor
Las cantidades anticipadas forman parte del precio y pueden devengar IVA al realizarse el pago, conforme a las reglas aplicables. El promotor debe entregar factura y garantizar las cantidades anticipadas cuando la normativa lo exige.
Gastos propios de obra nueva
Pueden aparecer:
- alta de suministros;
- acometidas o derechos de contratación;
- personalización o mejoras;
- primera cuota de comunidad;
- equipamiento no incluido;
- revisión técnica de defectos;
- copias y gestoría.
Gastos al comprar una vivienda de segunda mano
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
La compra de una vivienda usada está sujeta normalmente al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas. El comprador lo autoliquida ante la Hacienda autonómica correspondiente al lugar donde se encuentra el inmueble.
El tipo general, los tramos y los tipos reducidos varían entre comunidades autónomas. Puede haber beneficios por:
- edad;
- discapacidad;
- familia numerosa o monoparental;
- vivienda habitual;
- vivienda protegida;
- nivel de renta;
- municipio o zona rural;
- valor del inmueble.
Para consultar el funcionamiento general, visite la guía sobre el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en España .
No aplique un porcentaje de otra comunidad
Una calculadora nacional puede ofrecer una aproximación, pero debe confirmarse:
- tarifa vigente en la fecha de compra;
- base imponible;
- requisitos del tipo reducido;
- documentación acreditativa;
- plazo y modelo de autoliquidación.
Plazo de presentación
El plazo depende de la normativa aplicable y de la comunidad autónoma. No debe asumirse que siempre existe el mismo número de días. La notaría o gestoría puede tramitar el impuesto, pero el comprador debe comprobar que se presenta correctamente y dentro de plazo.
Cómo afecta el valor de referencia del Catastro
En las adquisiciones sujetas a ITP, la base imponible de un inmueble será normalmente su valor de referencia cuando exista y resulte aplicable.
Si el valor declarado por los interesados o la contraprestación pactada es superior al valor de referencia, se toma la magnitud superior conforme a las reglas tributarias.
Ejemplo
- Precio de compra: 250.000 €.
- Valor de referencia: 280.000 €.
- Tipo de ITP utilizado en el ejemplo: 8 %.
- ITP sobre 280.000 €: 22.400 €.
En ese supuesto, calcular el impuesto únicamente sobre el precio de 250.000 € produciría una estimación de 20.000 €, inferior en 2.400 € a la del ejemplo.
¿Qué pasa si no existe valor de referencia?
Se aplican las reglas subsidiarias de la normativa tributaria, que pueden atender al valor declarado, precio o valor de mercado, según el impuesto y el supuesto. La ausencia de valor de referencia no significa que Hacienda deba aceptar cualquier cifra.
¿Puede impugnarse?
Existen vías para discutir un valor de referencia cuando se considera incorrecto. La estrategia, el momento de impugnación y la prueba necesaria deben revisarse para el caso concreto.
No confunda el valor de referencia con el valor catastral ni con la tasación de la vivienda .
Cuánto cuestan la notaría y las copias
Los honorarios notariales están sujetos a un arancel regulado. El importe depende de:
- precio o cuantía;
- extensión de la escritura;
- número de fincas;
- anexos;
- copias solicitadas;
- diligencias y actuaciones posteriores;
- reducciones arancelarias aplicables.
Precio orientativo de notaría
Para una compraventa residencial ordinaria, muchas estimaciones de mercado sitúan la factura aproximadamente entre 600 y 1.000 euros. Es una orientación, no un presupuesto.
Una vivienda de protección pública o determinadas operaciones pueden disfrutar de reducciones, mientras que escrituras extensas o con varias fincas pueden costar más.
Escritura de compraventa y escritura hipotecaria
Son documentos diferentes:
- la compraventa transmite la vivienda;
- la escritura de préstamo constituye la hipoteca.
El banco asume los aranceles notariales de la escritura de préstamo hipotecario dentro del régimen de la Ley 5/2019. Eso no significa que pague automáticamente la escritura de compraventa.
Puede ampliarse en la guía sobre la escritura de compraventa de una vivienda .
Gastos del Registro de la Propiedad
El comprador suele asumir el coste de inscribir su adquisición. Los honorarios registrales también están regulados por arancel y dependen de la operación.
Precio orientativo del Registro
En una compraventa residencial ordinaria, las estimaciones habituales se sitúan aproximadamente entre 400 y 700 euros, aunque el importe real debe calcularse conforme al arancel y al documento inscrito.
¿Es obligatorio inscribir?
La inscripción no es, con carácter general, el requisito que hace existir una compraventa entre las partes. Sin embargo, ofrece publicidad y protección frente a terceros y es esencial en una operación hipotecaria.
Consulte la guía del Registro de la Propiedad en España .
Nota simple antes de comprar
Antes de entregar cantidades importantes, debe solicitarse una nota simple para conocer titularidad, hipotecas, embargos y otras cargas.
El precio oficial de una nota simple ordinaria solicitada directamente al Registro es reducido, pero portales intermediarios pueden cobrar honorarios adicionales.
Gestoría, abogado y revisión técnica
Gestoría de la compraventa
Una gestoría puede:
- preparar autoliquidaciones;
- presentar impuestos;
- tramitar la inscripción;
- hacer seguimiento de defectos;
- retirar la documentación;
- liquidar la provisión de fondos.
En una compra sin hipoteca no es obligatoria con carácter general. El comprador puede hacer los trámites si conoce el procedimiento, o contratar libremente una gestoría.
Precio orientativo
Una gestoría privada para tramitar compraventa e impuestos puede cobrar aproximadamente entre 300 y 600 euros, según servicios, ciudad y complejidad.
Debe solicitarse:
- presupuesto;
- desglose de provisión de fondos;
- justificantes;
- liquidación final;
- devolución del sobrante.
Abogado o asesor jurídico
No es obligatorio en una compraventa ordinaria, pero puede ser recomendable si existen:
- arras complejas;
- comprador extranjero;
- cargas;
- inquilinos u ocupantes;
- discrepancias urbanísticas;
- herencias;
- conflictos entre propietarios;
- vivienda protegida;
- pagos aplazados.
Los honorarios no están incluidos en notaría o gestoría y deben presupuestarse por separado.
Inspección técnica de la vivienda
Un arquitecto o arquitecto técnico puede revisar:
- humedades;
- fisuras;
- instalaciones;
- obras;
- distribución;
- posibles reformas;
- estado aparente del edificio.
La tasación hipotecaria no sustituye esta inspección.
Gastos relacionados con la hipoteca
El comprador debe separar el coste de adquirir la vivienda del coste de financiarla.
Gastos que paga el cliente
- tasación;
- comisión de apertura, si se pacta;
- copias notariales que solicite;
- primas de seguros contratados;
- productos vinculados o combinados;
- intereses del préstamo;
- posibles costes posteriores de modificación o amortización, dentro de los límites legales.
Gastos que paga el banco
En una hipoteca incluida en el régimen de la Ley 5/2019, el prestamista asume:
- gestoría de la hipoteca;
- arancel notarial de la escritura hipotecaria;
- inscripción registral de la hipoteca;
- impuesto correspondiente a la constitución hipotecaria.
Tasación
La paga normalmente el cliente. En 2026, una vivienda estándar puede costar orientativamente entre 250 y 500 euros, según inmueble y tasadora.
El informe debe ser emitido por una sociedad homologada y puede utilizarse con varios bancos mientras sea válido.
Comisión de apertura
Puede existir si se informa y se pacta en el contrato. Retribuye las gestiones de estudio, tramitación y concesión.
Debe compararse mediante la TAE y el coste total, no solo por el tipo de interés nominal.
Seguros
La entidad puede exigir un seguro de daños adecuado sobre el inmueble hipotecado, pero el cliente no tiene que contratarlo necesariamente con la aseguradora del banco.
El seguro de vida no es una obligación general para toda hipoteca. Puede ofrecerse para bonificar el tipo, por lo que debe compararse:
- coste anual;
- coberturas;
- duración;
- prima única o periódica;
- ahorro real de intereses;
- posibilidad de cambiar de proveedor.
Productos bonificados
Nómina, tarjetas, seguros, planes o alarmas pueden reducir el interés y aumentar simultáneamente el gasto total. Debe calcularse el coste durante toda la vida del préstamo.
La guía de hipotecas en España desarrolla estos conceptos.
Solvencia y porcentaje financiado
Una tasación alta no garantiza un préstamo alto. El banco comprueba la solvencia hipotecaria y limita la financiación según el perfil y la garantía.
Otros gastos que pueden aparecer
Agencia inmobiliaria
Con frecuencia, la agencia es contratada y pagada por el vendedor, pero no existe una respuesta única para todas las operaciones.
El comprador puede tener que pagar honorarios si ha contratado un servicio de búsqueda, asesoramiento o intermediación. Antes de visitar o reservar, debe preguntar:
- quién paga la comisión;
- importe o porcentaje;
- si incluye IVA;
- qué servicios comprende;
- cuándo se devenga;
- qué ocurre si la compra no se firma.
Contrato de arras
Las arras entregadas forman normalmente parte del precio, por lo que no son un gasto adicional. Sin embargo, pueden perderse si el comprador incumple dentro del régimen pactado.
Antes de pagarlas, deben conocerse todos los impuestos y consultarse la guía del contrato de arras en España .
NIE, poderes y traducciones
Un comprador extranjero puede necesitar:
- NIE;
- poder notarial;
- traducción jurada;
- intérprete;
- apostilla o legalización;
- asesoramiento fiscal internacional.
La guía sobre cómo obtener el NIE en España explica el trámite general.
Documentación técnica y administrativa
Pueden necesitarse:
- informe de arquitecto;
- levantamiento de planos;
- certificado de antigüedad;
- informe urbanístico;
- regularización catastral;
- licencia;
- certificado de superficie;
- cédula de habitabilidad , cuando resulte exigible.
Mudanza y puesta en marcha
- mudanza;
- cerradura nueva;
- alta o cambio de suministros;
- internet;
- muebles;
- electrodomésticos;
- pintura;
- reparaciones urgentes.
Costes recurrentes
No son gastos de adquisición, pero afectan la capacidad real de mantener la vivienda:
- cuota hipotecaria;
- comunidad;
- IBI;
- tasa de residuos;
- seguro;
- suministros;
- mantenimiento;
- derramas.
IBI, comunidad, cargas y deudas anteriores
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
El IBI se devenga el 1 de enero y la ley determina quién es el sujeto pasivo frente al ayuntamiento. Las partes pueden pactar un reparto económico proporcional, pero deben distinguirlo de la obligación tributaria.
Antes de comprar, deben revisarse:
- último recibo;
- posibles deudas;
- referencia catastral;
- pacto de prorrateo;
- afección legal del inmueble.
Puede consultarse información tributaria general en la guía de la Agencia Tributaria , aunque el IBI se gestiona municipalmente.
Comunidad de propietarios
El vendedor debe declarar si está al corriente y aportar el certificado correspondiente, salvo exoneración expresa del comprador.
El inmueble responde legalmente por determinadas cuotas impagadas correspondientes a la parte vencida del año de la compra y a los tres años naturales anteriores.
También deben revisarse:
- derramas aprobadas;
- obras previstas;
- inspección del edificio;
- litigios;
- morosidad;
- presupuesto anual.
Hipoteca del vendedor
Si la vivienda tiene una hipoteca, la cancelación económica y la cancelación registral deben coordinarse. Los costes de cancelar una carga del vendedor no deberían trasladarse al comprador sin un pacto claro y consciente.
Embargos y otras cargas
Una carga puede exigir:
- pago al acreedor;
- retención del precio;
- escritura de cancelación;
- mandamiento judicial o administrativo;
- gastos registrales;
- asesoramiento específico.
Estos extremos deben resolverse antes o en la escritura de compraventa .
Gastos e impuestos que corresponden al vendedor
No deben incluirse en el ahorro del comprador como si fueran obligaciones propias, aunque pueden afectar la operación.
Plusvalía municipal
En una compraventa ordinaria, suele corresponder al transmitente declarar y pagar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, cuando se devenga.
Existen reglas especiales, entre ellas supuestos en los que el vendedor es una persona física no residente. La notaría debe advertir sobre el plazo y las obligaciones.
Ganancia patrimonial
El vendedor puede tener que declarar una ganancia o pérdida en IRPF o IRNR. No es un impuesto del comprador.
Retención del 3 % a no residentes
Si el vendedor es no residente fiscal, el comprador debe retener con carácter general el 3 % de la contraprestación e ingresarlo mediante el modelo 211.
No es un coste adicional por encima del precio: es una parte del precio que no se entrega al vendedor y se ingresa en Hacienda.
Certificado energético
Corresponde al vendedor disponer del certificado y entregarlo en los supuestos exigidos. El comprador no debería pagar para corregir una obligación documental propia de la venta, salvo acuerdo consciente.
Comisión inmobiliaria del vendedor
Si el vendedor contrató a la agencia, sus honorarios corresponden normalmente a quien asumió el encargo, sin perjuicio del contrato concreto.
Ejemplos de gastos para una vivienda de 250.000 euros
Los siguientes ejemplos son exclusivamente orientativos. Utilizan tipos hipotéticos para mostrar el método de cálculo.
Ejemplo 1: vivienda usada con ITP del 8 %
| Concepto | Importe orientativo |
|---|---|
| Precio | 250.000 € |
| ITP del 8 % | 20.000 € |
| Notaría | 900 € |
| Registro | 600 € |
| Gestoría voluntaria | 400 € |
| Tasación hipotecaria | 350 € |
| Gastos estimados | 22.250 € |
| Precio más gastos | 272.250 € |
Si el banco presta 200.000 €, el ahorro mínimo del ejemplo sería:
- 50.000 € para completar el precio;
- 22.250 € de gastos;
- total: 72.250 €, antes de asesoramiento, mudanza y fondo de seguridad.
Ejemplo 2: vivienda nueva con IVA del 10 % y AJD del 1 %
| Concepto | Importe orientativo |
|---|---|
| Precio sin impuestos | 250.000 € |
| IVA del 10 % | 25.000 € |
| AJD del 1 % | 2.500 € |
| Notaría | 900 € |
| Registro | 600 € |
| Gestoría voluntaria | 400 € |
| Tasación hipotecaria | 350 € |
| Gastos estimados | 29.750 € |
| Precio más gastos | 279.750 € |
Si el banco financia 200.000 €, el comprador necesitaría en este ejemplo:
- 50.000 € para completar el precio;
- 29.750 € de gastos;
- total: 79.750 €, antes de extras y fondo de seguridad.
Ejemplo 3: vivienda usada con valor de referencia superior
| Precio | 250.000 € |
|---|---|
| Valor de referencia | 280.000 € |
| ITP del 8 % sobre 280.000 € | 22.400 € |
Este ejemplo muestra por qué el presupuesto fiscal debe calcularse antes de firmar las arras.
Cómo calcular el coste total paso a paso
1. Confirmar si es nueva o usada
Esta diferencia determina si la operación tributa normalmente por IVA y AJD o por ITP.
2. Consultar el valor de referencia
En vivienda usada, compruebe si existe y calcule la posible base imponible.
3. Buscar el tipo autonómico
Consulte la web tributaria oficial de la comunidad autónoma y verifique si cumple un tipo reducido.
4. Pedir previsión de notaría y Registro
Las cifras genéricas son aproximadas. Una operación concreta puede tener varias fincas, anexos o copias adicionales.
5. Añadir la financiación
Incluya tasación, apertura, seguros y productos necesarios para obtener el tipo ofrecido.
6. Añadir asesoramiento y revisión técnica
No elimine estas partidas si la vivienda tiene problemas jurídicos, técnicos o urbanísticos.
7. Restar solo lo realmente financiado
No utilice el importe solicitado. Calcule con la oferta aprobada y tenga en cuenta si el banco toma el menor valor entre precio y tasación.
8. Conservar margen
El resultado mínimo no debería dejar la cuenta a cero. Añada un fondo para reparaciones y costes de los primeros meses.
Errores frecuentes al calcular los gastos
Aplicar un 10 % a todas las compras
Vivienda nueva y usada tienen impuestos diferentes. Además, el ITP y AJD varían por comunidad autónoma.
Ignorar el valor de referencia
Puede aumentar la base imponible aunque el precio sea inferior.
Confundir gastos de compra e hipoteca
Que el banco pague notaría y Registro de la hipoteca no implica que pague los de la compraventa.
Creer que el banco financia impuestos
La financiación ordinaria suele referirse al valor del inmueble, no a ITP, IVA, AJD y demás costes.
No comprobar tipos reducidos
Pueden suponer un ahorro importante, pero requieren cumplir y acreditar todos los requisitos.
Contar una bonificación hipotecaria como gratuita
Un seguro o producto puede reducir el interés y costar más que el ahorro generado.
No incluir honorarios de agencia
Si el comprador firmó un encargo o compromiso de pago, la comisión debe añadirse con su IVA.
Firmar arras sin presupuesto
Una vez comprometida la compra, descubrir que faltan fondos puede provocar la pérdida de cantidades o un incumplimiento.
No revisar comunidad e IBI
Las deudas o derramas pueden convertirse en un coste relevante tras la compra.
Gastar todos los ahorros
La vivienda comienza a generar costes desde la entrega. Debe mantenerse liquidez.
Checklist antes de comprar una vivienda
Impuestos
- Confirmar vivienda nueva o usada.
- Consultar ITP o AJD autonómico.
- Comprobar tipos reducidos.
- Consultar valor de referencia.
- Confirmar plazo de autoliquidación.
Inmueble
- Solicitar nota simple.
- Comparar Registro y Catastro.
- Revisar cargas.
- Comprobar IBI.
- Pedir certificado de comunidad.
- Revisar derramas.
- Comprobar ocupantes.
- Revisar certificado energético.
- Comprobar cédula, cuando corresponda.
Formalización
- Pedir borrador de arras.
- Calcular notaría.
- Calcular Registro.
- Presupuestar gestoría.
- Valorar asesoramiento jurídico.
- Preparar la escritura.
Hipoteca
- Conseguir un primer estudio de solvencia.
- Comparar varias ofertas.
- Revisar FEIN y FiAE.
- Calcular tasación.
- Comprobar comisión de apertura.
- Calcular seguros y vinculaciones.
- Confirmar capital aprobado.
Después de comprar
- Presupuestar mudanza.
- Calcular suministros.
- Contratar seguro.
- Reservar para reparaciones.
- Mantener un fondo de emergencia.
Preguntas frecuentes sobre los gastos de compra
¿Cuánto son los gastos de comprar una vivienda?
Como planificación inicial, suelen estimarse aproximadamente entre el 10 % y el 15 % del precio, pero el resultado depende del impuesto, comunidad autónoma, valor de referencia y servicios contratados.
¿Cuánto ahorro necesito si el banco financia el 80 %?
Puede ser necesario aproximadamente entre el 30 % y el 35 % del precio: 20 % para completar la compra y 10 % a 15 % para gastos. Debe calcularse la operación concreta.
¿Qué impuestos paga una vivienda nueva?
Generalmente IVA del 10 % y AJD autonómico. Algunas VPO de régimen especial o promoción pública tributan al 4 % de IVA.
¿Qué impuesto paga una vivienda usada?
Normalmente ITP, con tipo y beneficios regulados por la comunidad autónoma donde se encuentra el inmueble.
¿El ITP se calcula siempre sobre el precio?
No. El valor de referencia del Catastro puede constituir la base imponible si es superior, dentro de las reglas aplicables.
¿Cuánto cuesta el notario?
Los aranceles están regulados. En una operación residencial ordinaria, una referencia frecuente es de 600 a 1.000 euros, pero la factura depende de la escritura.
¿Cuánto cuesta inscribir la compra?
El Registro aplica un arancel. Como aproximación, muchas compraventas residenciales se sitúan entre 400 y 700 euros.
¿Es obligatoria la gestoría?
No siempre. En una compra sin hipoteca el comprador puede tramitar impuestos y Registro, aunque debe conocer el procedimiento.
¿Quién paga la tasación?
La paga normalmente el cliente que solicita la hipoteca, salvo que el banco la asuma mediante una oferta comercial.
¿Quién paga notaría y Registro de la hipoteca?
En el régimen general de la Ley 5/2019, el banco paga notaría, Registro, gestoría e impuesto de la constitución hipotecaria.
¿El banco paga los gastos de compraventa?
No. Los gastos hipotecarios que asume el banco son distintos de ITP, IVA, AJD de la compra, notaría de compraventa e inscripción de la adquisición.
¿Las arras son un gasto adicional?
Normalmente se descuentan del precio final, pero pueden perderse si se incumple el contrato conforme al tipo de arras pactado.
¿Quién paga la agencia?
Depende de quién contrató el servicio y del acuerdo firmado. El comprador debe preguntar antes de reservar si tendrá que pagar honorarios.
¿Quién paga el IBI del año?
La ley identifica al sujeto pasivo según el devengo del 1 de enero. Comprador y vendedor pueden pactar un reparto económico proporcional.
¿Quién paga una derrama?
Debe analizarse cuándo se aprobó, cuándo es exigible y qué se pactó en la compraventa. Conviene dejarlo expresamente escrito.
¿El comprador paga la plusvalía municipal?
En una compraventa ordinaria corresponde generalmente al vendedor, aunque existen supuestos especiales, incluido el vendedor persona física no residente.
¿La retención del 3 % a un vendedor no residente es un gasto?
No es una cantidad añadida al precio. El comprador retiene parte del precio y la ingresa en Hacienda mediante el modelo correspondiente.
¿Puedo reducir los gastos?
Puede comparar hipotecas, tasadora, gestoría, seguros y asesoramiento, y comprobar beneficios autonómicos. No debe reducir costes omitiendo revisiones necesarias.
¿Dónde consultar los impuestos?
El IVA se consulta en la Agencia Tributaria estatal. ITP y AJD se consultan en la Hacienda de la comunidad autónoma donde se encuentra la vivienda.
Conclusión
El coste real de una vivienda es el precio más impuestos, formalización, financiación y puesta en marcha. Utilizar un porcentaje genérico puede servir como primer filtro, pero no reemplaza un cálculo con la comunidad autónoma y el inmueble concretos.
Antes de firmar arras, el comprador debería conocer:
- préstamo probable;
- impuesto aplicable;
- valor de referencia;
- gastos de notaría y Registro;
- costes de hipoteca;
- posibles cargas y derramas;
- ahorro restante tras la firma.
Para seguir el proceso completo, consulte la guía de compraventa de vivienda en España , la sección de vivienda en España y la guía de oficinas y trámites en España .
Aviso: los tipos de ITP y AJD, beneficios fiscales, aranceles y costes profesionales pueden variar. Los ejemplos son orientativos y no sustituyen el cálculo tributario ni el asesoramiento para una operación concreta.
Fuentes oficiales consultadas
- Agencia Estatal de Administración Tributaria: tributación por IVA o ITP de la compra de vivienda y tipos de IVA aplicables.
- Dirección General del Catastro: usos fiscales del valor de referencia en ITP y Sucesiones y Donaciones.
- Boletín Oficial del Estado: Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
- Banco de España: reparto de gastos hipotecarios, tasación, comisiones y productos asociados.
- Boletín Oficial del Estado: Código Civil, especialmente el artículo 1455.
- Consejo General del Notariado: aranceles, escritura y gastos de compraventa.
- Colegio de Registradores de España: inscripción, nota simple y arancel registral.
- Boletín Oficial del Estado: Ley de Propiedad Horizontal y normativa tributaria estatal.
Rangos orientativos de notaría, Registro, gestoría y tasación contrastados con información de mercado publicada en 2026. Los importes reales se determinan según arancel, presupuesto y operación.
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