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La compraventa de una vivienda en España es un proceso jurídico, fiscal y administrativo que comienza mucho antes de la firma ante notario. Para comprar una casa, un piso o cualquier otro inmueble con seguridad, es necesario comprobar quién es el propietario, si existen cargas registrales, cuál es la situación urbanística y catastral de la finca, qué impuestos deben pagarse y qué documentación debe entregarse antes de formalizar la operación.
En esta guía explicamos cómo comprar una vivienda en España paso a paso, qué documentos conviene revisar, cómo funciona el contrato de arras, qué diferencias existen entre vivienda nueva y de segunda mano, qué papel cumplen el notario y el Registro de la Propiedad y cuáles son los principales gastos que debe prever el comprador.
Antes de iniciar la operación también conviene conocer la guía general de Vivienda en España, consultar la información del Registro de la Propiedad y verificar los datos del inmueble en el Catastro.
Resumen rápido de la compraventa de una vivienda
- Antes de entregar dinero, debe comprobarse la titularidad y las cargas mediante información del Registro de la Propiedad.
- También conviene contrastar la descripción registral con la información del Catastro y con la realidad física del inmueble.
- El contrato de arras no es obligatorio, pero se utiliza habitualmente para reservar la vivienda y fijar las condiciones de la operación.
- Si existe financiación, la concesión de la hipoteca debe quedar correctamente coordinada con la compraventa.
- La transmisión suele formalizarse mediante escritura pública ante notario.
- La tributación depende de si la vivienda es nueva o usada, de la comunidad autónoma y de las circunstancias del comprador.
- Después de la firma deben liquidarse los impuestos e inscribirse la adquisición en el Registro de la Propiedad.
La guía general del clúster puede consultarse en: Vivienda en España: Catastro, Registro de la Propiedad y ayudas.
Qué es la compraventa de una vivienda
La compraventa es el contrato mediante el cual una persona, denominada vendedor, se obliga a entregar una vivienda y otra, denominada comprador, se compromete a pagar un precio determinado.
En una operación inmobiliaria no basta con acordar verbalmente un precio. La compra debe prepararse mediante la revisión de documentos, la identificación correcta del inmueble, la comprobación de cargas, la negociación de las condiciones y, normalmente, la formalización de la transmisión en escritura pública.
La escritura pública ofrece una mayor seguridad jurídica porque permite que el notario identifique a las partes, compruebe su capacidad, revise la documentación esencial, informe sobre las obligaciones asumidas y deje constancia pública de la operación.
Quién puede comprar una vivienda en España
Pueden comprar una vivienda en España:
- Personas de nacionalidad española.
- Extranjeros residentes en España.
- Extranjeros no residentes.
- Empresas y otras personas jurídicas.
- Una sola persona o varias conjuntamente.
En el caso de compradores extranjeros, normalmente será necesario disponer de un Número de Identidad de Extranjero —NIE— para realizar la operación, pagar impuestos y figurar correctamente en la escritura y en el Registro de la Propiedad.
Si necesitás tramitar este documento, consultá nuestra guía sobre cómo obtener el NIE en España, donde explicamos los requisitos, la documentación y el procedimiento completo.
La compra de una vivienda no concede por sí sola la residencia legal en España. La adquisición del inmueble y el derecho a residir en el país son cuestiones jurídicas distintas.
Compra por una pareja o por varias personas
Cuando compran dos o más personas, la escritura debe indicar qué porcentaje adquiere cada una. Esta proporción resulta relevante para la titularidad registral, el pago de gastos, la futura venta del inmueble y una eventual división de la copropiedad.
En matrimonios también debe identificarse el régimen económico matrimonial aplicable, ya que puede influir en el carácter privativo o común de la vivienda.
Tipos de vivienda que pueden comprarse
Vivienda nueva
Se considera vivienda nueva, a efectos generales de la operación, la que se adquiere directamente al promotor después de su construcción o rehabilitación, siempre que la transmisión tenga la consideración fiscal de primera entrega.
En estas operaciones deben revisarse, entre otros documentos:
- Identidad y datos de la promotora.
- Licencia de obra.
- Certificado final de obra.
- Licencia de primera ocupación o título equivalente, según la normativa autonómica y municipal.
- Seguro decenal, cuando resulte exigible.
- Libro del edificio.
- Certificado de eficiencia energética.
- Estatutos y cuotas de la comunidad de propietarios.
Vivienda de segunda mano
La vivienda usada se adquiere normalmente a un particular o a una entidad que transmite un inmueble que ya ha tenido uno o varios propietarios anteriores.
En este caso debe prestarse especial atención a:
- La titularidad registral.
- Hipotecas, embargos u otras cargas.
- Deudas con la comunidad de propietarios.
- Situación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Ocupantes, inquilinos o derechos de terceros.
- Obras realizadas sin licencia o no inscritas.
- Diferencias entre Registro, Catastro y realidad física.
Vivienda protegida o VPO
La vivienda protegida puede estar sometida a límites de precio, requisitos de acceso, autorizaciones administrativas y restricciones para su transmisión.
Antes de comprar una VPO es imprescindible comprobar:
- Si continúa vigente el régimen de protección.
- El precio máximo legal de venta.
- Si el comprador cumple los requisitos.
- Si existe derecho de tanteo o retracto a favor de la Administración.
- Si debe obtenerse una autorización previa.
No conviene firmar arras ni entregar cantidades importantes sin confirmar previamente estas condiciones.
Si vas a adquirir este tipo de inmueble, también puede interesarte nuestra guía sobre vivienda protegida (VPO) en España, donde explicamos los requisitos, las limitaciones de venta y las condiciones aplicables.
Comprobaciones antes de comprar una vivienda
La fase de comprobación previa es una de las más importantes de toda la operación. Muchos problemas inmobiliarios aparecen porque el comprador firma una reserva o unas arras antes de conocer la verdadera situación jurídica del inmueble.
Comprobar quién es el propietario
La persona que vende debe coincidir con el titular que aparece en el Registro de la Propiedad. Si actúa un representante, debe disponer de un poder suficiente y vigente.
Cuando la vivienda pertenece a varios propietarios, todos deben intervenir en la venta o estar debidamente representados.
Solicitar información del Registro de la Propiedad
La nota simple permite conocer de forma informativa:
- La descripción registral de la finca.
- La identidad del titular.
- La cuota de propiedad.
- La existencia de hipotecas.
- Embargos y anotaciones preventivas.
- Servidumbres.
- Usufructos.
- Limitaciones o prohibiciones de disponer.
La nota simple debe ser reciente. Una nota obtenida varios meses antes podría no reflejar cambios posteriores.
Antes de firmar cualquier documento también es recomendable solicitar una nota simple del Registro de la Propiedad, ya que permite comprobar la titularidad, las cargas y la situación jurídica del inmueble.
Comprobar si existe una hipoteca
Que el vendedor haya terminado de pagar el préstamo no significa necesariamente que la hipoteca haya desaparecido del Registro.
Puede ocurrir que la deuda esté económicamente cancelada, pero que la carga continúe inscrita. En ese caso deberá acordarse cómo se realizará la cancelación registral y quién asumirá los gastos correspondientes.
Revisar embargos y otras cargas
Si la finca tiene un embargo, una condición resolutoria, una prohibición de disponer, un usufructo o cualquier otro derecho inscrito, debe analizarse antes de continuar.
El comprador no debe presumir que todas las cargas desaparecerán automáticamente con la firma.
Comparar Registro y Catastro
Conviene revisar que la superficie, localización, referencia catastral y descripción del inmueble sean coherentes con la realidad.
Las diferencias pueden deberse a ampliaciones, terrazas cerradas, obras no declaradas, cambios de distribución, segregaciones o errores históricos.
Podés ampliar esta información en nuestras guías sobre el Catastro en España y el Registro de la Propiedad, dos organismos fundamentales durante cualquier compraventa inmobiliaria.
Verificar la situación urbanística
En algunos casos resulta recomendable solicitar información en el ayuntamiento, especialmente cuando:
- Existen ampliaciones o reformas relevantes.
- Se compra una vivienda unifamiliar.
- La finca se encuentra en suelo rústico.
- Hay dudas sobre la licencia de ocupación.
- Existen expedientes urbanísticos.
- La vivienda forma parte de un edificio antiguo.
Deudas y documentos que deben revisarse
Certificado de la comunidad de propietarios
En viviendas sujetas al régimen de propiedad horizontal, el vendedor debe informar sobre las deudas con la comunidad.
Conviene solicitar:
- Certificado de estar al corriente de pago.
- Últimas actas de la comunidad.
- Información sobre derramas aprobadas.
- Presupuesto anual.
- Cuota ordinaria mensual.
- Obras previstas en el edificio.
Una derrama aprobada antes de la compraventa puede afectar económicamente al nuevo propietario, dependiendo de lo pactado y del momento en que sean exigibles las cuotas.
Recibos del IBI
Debe revisarse el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y comprobar que la referencia catastral coincide con la vivienda.
También conviene establecer en el contrato cómo se repartirá económicamente el IBI del año de la compraventa, aunque la obligación tributaria frente al ayuntamiento se determine conforme a la normativa aplicable.
Certificado de eficiencia energética
El vendedor debe entregar el certificado de eficiencia energética cuando resulte obligatorio.
Este documento informa sobre el consumo energético y las emisiones del inmueble, pero no sustituye una inspección técnica ni garantiza el estado de las instalaciones.
Inspección Técnica del Edificio
En edificios de cierta antigüedad conviene comprobar si se ha realizado la inspección técnica o evaluación obligatoria y si existen obras pendientes.
Vivienda alquilada
Si la vivienda está arrendada, deben revisarse:
- El contrato de alquiler.
- Su duración.
- La renta.
- Las prórrogas.
- Las fianzas.
- Los derechos del arrendatario.
- La existencia de derechos de adquisición preferente.
Comprar una vivienda alquilada puede implicar la continuación del contrato en determinadas condiciones. Por eso no debe tratarse como si se adquiriera una vivienda libre y disponible.
Vivienda ocupada por terceros
Debe aclararse quién ocupa la vivienda y con qué título jurídico. Las llaves, la posesión y la fecha efectiva de entrega deben quedar expresamente reguladas.
Reserva de la vivienda
Algunas inmobiliarias solicitan una cantidad para retirar temporalmente el inmueble del mercado.
Antes de pagar una reserva debe quedar por escrito:
- Quién recibe el dinero.
- En nombre de quién actúa.
- Cuál es el inmueble reservado.
- Cuál es el precio total.
- Cuánto dura la reserva.
- En qué casos se devuelve el dinero.
- Qué ocurre si el vendedor rechaza la oferta.
- Si la cantidad se descontará del precio.
No debe entregarse dinero únicamente con un recibo ambiguo o sin identificar las condiciones esenciales.
Contrato de arras
El contrato de arras es un acuerdo privado previo a la escritura mediante el cual comprador y vendedor fijan las condiciones esenciales de la compraventa y entregan una cantidad a cuenta.
Aunque se utiliza con frecuencia, no existe un único modelo válido para todas las operaciones. El contenido debe adaptarse al inmueble, a la financiación y a los riesgos detectados.
Qué debe incluir un contrato de arras
- Identificación completa de comprador y vendedor.
- Descripción del inmueble y sus anexos.
- Referencia registral y catastral.
- Precio total.
- Cantidad entregada.
- Fecha límite para firmar la escritura.
- Distribución de gastos e impuestos.
- Situación de cargas.
- Estado de ocupación.
- Inventario de muebles, si corresponde.
- Consecuencias del incumplimiento.
- Condiciones relacionadas con la hipoteca.
Arras penitenciales
Cuando se pactan expresamente como arras penitenciales, permiten desistir de la compraventa con las consecuencias previstas legalmente: el comprador pierde la cantidad entregada si desiste y el vendedor debe devolverla duplicada si es quien se retira.
No debe suponerse que cualquier entrega de dinero tiene automáticamente este carácter. La redacción del contrato resulta determinante.
Condición de obtención de hipoteca
Si el comprador necesita financiación, resulta prudente incluir una cláusula que regule qué ocurre si el banco deniega la hipoteca.
La cláusula debe ser precisa e indicar:
- El importe mínimo de financiación necesario.
- El plazo para solicitarla.
- Cómo se acredita la denegación.
- Si se devuelve íntegramente la cantidad entregada.
- Qué sucede si se ofrece una financiación inferior.
Financiación mediante hipoteca
Cuando el comprador necesita un préstamo hipotecario, debe iniciar el estudio financiero antes de comprometerse definitivamente con la compra.
La entidad analizará, entre otros aspectos:
- Ingresos y estabilidad laboral.
- Deudas existentes.
- Ahorros disponibles.
- Historial financiero.
- Valor de tasación.
- Precio de compraventa.
- Edad y plazo solicitado.
La tasación de la vivienda
La tasación hipotecaria determina un valor técnico de referencia para el banco. No sustituye la negociación del precio ni una inspección del estado constructivo.
La financiación suele calcularse teniendo en cuenta tanto el precio de compra como el valor de tasación, según las políticas de riesgo de cada entidad.
Documentación precontractual de la hipoteca
Antes de firmar el préstamo, el comprador debe recibir la documentación legal y contractual correspondiente, disponer del plazo de reflexión aplicable y comparecer ante notario para recibir asesoramiento previo cuando así lo exija la normativa hipotecaria.
Compraventa e hipoteca el mismo día
Es habitual que la escritura de compraventa y la escritura del préstamo hipotecario se firmen de forma coordinada.
En estas operaciones deben quedar correctamente organizados:
- El pago del precio.
- La entrega de cheques o transferencias.
- La cancelación de la hipoteca del vendedor.
- La nueva hipoteca del comprador.
- La presentación de las escrituras en el Registro.
No financiar todos los gastos con el préstamo
El comprador debe contar con ahorro suficiente no solo para la parte del precio no financiada, sino también para impuestos, tasación, notaría, Registro, gestoría y otros gastos asociados.
La escritura pública de compraventa
La escritura pública es el documento notarial en el que se formaliza la transmisión de la vivienda.
En la notaría se identifican las partes, se describe el inmueble, se indica el precio, se acredita la forma de pago y se incorporan las declaraciones y documentos exigidos.
Qué comprueba el notario
Entre otras actuaciones, el notario puede:
- Comprobar la identidad y capacidad de los comparecientes.
- Solicitar información registral.
- Revisar la titularidad del vendedor.
- Advertir sobre las cargas existentes.
- Identificar los medios de pago.
- Comprobar la referencia catastral.
- Informar sobre obligaciones fiscales.
- Revisar el certificado de la comunidad.
- Advertir sobre la situación arrendaticia.
Elección del notario
El comprador puede proponer la notaría en la que desea firmar, dentro de las reglas aplicables al servicio notarial y al acuerdo entre las partes.
Formas de pago
La escritura debe reflejar cómo se ha pagado o se pagará el precio:
- Transferencia bancaria.
- Cheque bancario.
- Ingreso previo.
- Entrega anterior en concepto de reserva o arras.
- Retención para cancelar cargas.
La trazabilidad de los pagos resulta esencial para la seguridad de la operación y para el cumplimiento de las obligaciones de identificación.
Entrega de llaves y posesión
La escritura debe indicar cuándo se entregan las llaves y cuándo adquiere el comprador la posesión efectiva.
Si el vendedor permanecerá temporalmente en la vivienda, debe regularse expresamente el plazo, las obligaciones, una posible penalización y las condiciones de entrega.
Impuestos al comprar una vivienda en España
Los impuestos dependen principalmente de si se trata de una vivienda nueva o de segunda mano, de la comunidad autónoma y de las circunstancias personales del comprador.
En la compra de viviendas de segunda mano suele resultar aplicable el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuyo tipo depende de la comunidad autónoma donde se encuentre el inmueble.
Vivienda nueva
La primera entrega de una vivienda por el promotor suele estar sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido.
Además, la escritura puede quedar sujeta a la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, cuyo tipo depende de la comunidad autónoma y de posibles beneficios fiscales.
Vivienda de segunda mano
La compra de una vivienda usada suele tributar por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
El tipo aplicable y las reducciones varían entre comunidades autónomas. Puede haber beneficios para:
- Vivienda habitual.
- Personas jóvenes.
- Familias numerosas.
- Personas con discapacidad.
- Vivienda protegida.
- Determinadas zonas rurales.
Valor declarado y valor fiscal
El impuesto no debe calcularse automáticamente sobre cualquier cantidad elegida por las partes. La base imponible puede estar condicionada por el valor de referencia catastral u otras reglas fiscales aplicables.
Antes de firmar conviene comprobar:
- El valor de referencia existente.
- La base imponible aplicable.
- El tipo autonómico.
- Las bonificaciones disponibles.
- El plazo de presentación.
Plusvalía municipal
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana suele corresponder al vendedor en una compraventa ordinaria, sin perjuicio de las particularidades legales y contractuales que deban analizarse.
Compra a un vendedor no residente
Cuando el vendedor no es residente fiscal en España, el comprador puede tener obligaciones específicas de retención e ingreso ante la Administración tributaria.
Este supuesto debe revisarse antes de pagar íntegramente el precio, ya que la obligación puede recaer directamente sobre el adquirente.
Otros gastos de la compraventa
- Notaría.
- Registro de la Propiedad.
- Gestoría, si se utiliza.
- Tasación hipotecaria.
- Honorarios de abogado o asesor.
- Honorarios de la agencia inmobiliaria, según lo pactado.
- Certificados y documentación.
- Gastos bancarios vinculados a los medios de pago.
No existe un porcentaje único válido para todas las compras. El coste final depende del precio, la comunidad autónoma, la financiación, los beneficios fiscales y la complejidad jurídica de la operación.
Qué hacer después de firmar la compraventa
Presentar la escritura en el Registro
Después de la firma conviene presentar cuanto antes la escritura en el Registro de la Propiedad.
La inscripción permite que la adquisición quede protegida registralmente y que el comprador aparezca públicamente como titular del inmueble.
La inscripción registral proporciona una mayor seguridad jurídica al comprador. Si querés conocer cómo funciona este organismo, consultá nuestra guía sobre el Registro de la Propiedad en España.
Liquidar los impuestos
La escritura debe presentarse ante la Administración tributaria competente dentro del plazo aplicable.
Aunque exista una exención, reducción o bonificación, puede seguir siendo obligatorio presentar la autoliquidación.
Inscripción definitiva
Una vez acreditado el cumplimiento fiscal, el Registro calificará la escritura.
Si existen defectos, podrá solicitarse una subsanación. Cuando todo sea correcto, se practicará la inscripción de la compraventa y, en su caso, de la hipoteca.
Cambiar la titularidad del IBI
Debe comprobarse que los datos catastrales y municipales queden actualizados. En muchas operaciones la comunicación se realiza telemáticamente desde la notaría, pero conviene verificar posteriormente el cambio.
Cambiar suministros
El comprador debe gestionar el cambio de titularidad de:
- Electricidad.
- Agua.
- Gas.
- Internet.
- Otros servicios contratados.
Es recomendable anotar o fotografiar la lectura de los contadores el día de la entrega.
Comunicar el cambio a la comunidad
El nuevo propietario debe facilitar sus datos al administrador o presidente de la comunidad y solicitar información sobre cuotas, domiciliación y próximas reuniones.
Seguro de hogar
Conviene que la vivienda quede asegurada desde el momento de la entrega. Si existe hipoteca, la entidad puede exigir determinadas coberturas sobre el inmueble.
Empadronamiento
Cuando la vivienda pasa a ser residencia habitual, el propietario puede tramitar el alta o cambio de domicilio en el padrón municipal.
Errores frecuentes al comprar una vivienda
- Entregar dinero antes de comprobar la titularidad.
- Firmar unas arras genéricas sin revisar las cargas.
- No incluir una condición relacionada con la hipoteca.
- Confiar únicamente en la información de la inmobiliaria.
- No revisar derramas de la comunidad.
- No comprobar si la vivienda está alquilada u ocupada.
- Confundir cancelación económica y cancelación registral de una hipoteca.
- No revisar la situación urbanística.
- Calcular los impuestos con un porcentaje aproximado sin comprobar la normativa autonómica.
- No identificar correctamente todos los medios de pago.
- Firmar sin determinar la fecha de entrega de llaves.
- No inscribir la compra en el Registro de la Propiedad.
Una vez instalada la residencia habitual, puede ser necesario realizar el empadronamiento en el Padrón Municipal para actualizar el domicilio y acceder a distintos servicios públicos.
Checklist antes de firmar la escritura
- Nota simple reciente.
- Identidad del vendedor verificada.
- Situación de cargas revisada.
- Referencia catastral comprobada.
- Certificado de comunidad disponible.
- IBI revisado.
- Certificado energético entregado.
- Situación urbanística comprobada.
- Estado de ocupación confirmado.
- Hipoteca aprobada, si corresponde.
- Impuestos calculados.
- Forma de pago preparada.
- Fecha de entrega de llaves acordada.
- Distribución de gastos definida.
- Documentación revisada antes de acudir al notario.
Importante: la compra de una vivienda puede presentar particularidades fiscales, urbanísticas, familiares o registrales. Cuando existan cargas, herencias, divorcios, vendedores no residentes, arrendamientos, viviendas protegidas o discrepancias de superficie, conviene obtener asesoramiento profesional antes de firmar.
Preguntas frecuentes sobre la compraventa de vivienda
¿Es obligatorio firmar un contrato de arras?
No. Las partes pueden acudir directamente a la escritura de compraventa. Sin embargo, las arras se utilizan habitualmente para reservar la vivienda, fijar el precio y establecer un plazo para firmar.
¿Se puede comprar una vivienda sin escritura pública?
Puede existir un contrato privado válido entre las partes, pero la escritura pública proporciona mayor seguridad y es el título habitual para acceder al Registro de la Propiedad.
¿Es obligatorio inscribir la compraventa?
La inscripción no tiene carácter constitutivo en una compraventa ordinaria, pero resulta altamente recomendable para proteger la titularidad del comprador frente a terceros.
¿Quién paga los gastos de notaría?
La distribución puede depender de la ley, de los usos y de lo pactado. En la práctica, conviene dejarla expresamente fijada en el contrato para evitar conflictos.
¿Qué impuestos paga el comprador?
En vivienda nueva suele resultar aplicable el IVA y, en su caso, Actos Jurídicos Documentados. En vivienda usada suele aplicarse el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Los tipos y beneficios dependen de la comunidad autónoma.
¿Qué ocurre si la vivienda tiene una hipoteca?
La carga puede cancelarse antes de la venta, cancelarse simultáneamente con parte del precio o, en determinados casos, mantenerse mediante subrogación. El mecanismo debe coordinarse con el banco, el notario y el Registro.
¿Qué ocurre si el banco deniega la hipoteca después de firmar arras?
Depende del contrato. Si no existe una cláusula que condicione la compra a la obtención de financiación, el comprador podría perder la cantidad entregada o incurrir en incumplimiento.
¿Puede un extranjero comprar una vivienda en España?
Sí. Los extranjeros residentes y no residentes pueden adquirir inmuebles, aunque deben cumplir requisitos de identificación, tributación y prevención del blanqueo de capitales.
¿La compra de una vivienda concede residencia?
No automáticamente. La propiedad de un inmueble y la autorización para residir en España son cuestiones diferentes.
¿Conviene visitar la vivienda con un técnico?
Sí, especialmente en inmuebles antiguos, casas unifamiliares o viviendas reformadas. Un arquitecto, arquitecto técnico u otro profesional cualificado puede detectar problemas que no aparecen en la documentación registral.
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- Vivienda en España | Guía completa
- Catastro en España
- Registro de la Propiedad en España
- Nota simple del Registro de la Propiedad
- Cédula de habitabilidad en España
- Vivienda protegida (VPO) en España
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)
- Cómo obtener el NIE en España
- Padrón Municipal en España
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Fuentes consultadas
Consejo General del Notariado — Información sobre compraventa de vivienda, escritura pública y función notarial.
Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España — Información registral, nota simple, cargas e inscripción de inmuebles.
Agencia Estatal de Administración Tributaria — Tributación de transmisiones inmobiliarias y operaciones con no residentes.
Boletín Oficial del Estado — Código Civil, Ley Hipotecaria, normativa tributaria y legislación sobre crédito inmobiliario.
Administraciones tributarias de las comunidades autónomas — Tipos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
La información de este artículo es general y puede variar según la comunidad autónoma, el municipio y las circunstancias de la operación.
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