sábado, 9 de mayo de 2026

Baja temporal de vehículo en España | Cómo solicitarla en la DGT 2026

✔ Información actualizada en 2026

La baja temporal de un vehículo es el trámite de la DGT que permite dejar de circular con un coche, moto, camión o autobús durante un tiempo, sin necesidad de darlo de baja definitiva. Mientras está en baja temporal, el vehículo deja de estar sujeto a algunas obligaciones (como el impuesto de circulación del año siguiente), pero tampoco puede circular hasta que se vuelva a dar de alta.

En esta guía te explicamos qué requisitos hay que cumplir, cuánto cuesta, cuánto dura, cómo solicitarla online y presencialmente, y cómo volver a poner el vehículo en circulación cuando lo necesites.

¿Qué es la baja temporal de un vehículo?

Para poder circular, un vehículo debe estar en situación de alta administrativa, lo que implica tener al día el impuesto de circulación (IVTM), la ITV y el seguro obligatorio del vehículo. Si no vas a utilizar el vehículo durante un tiempo prolongado —por ejemplo, porque permanecerá guardado en un garaje o propiedad privada— puedes solicitar la baja temporal para suspender su utilización hasta que decidas volver a ponerlo en circulación.

Se trata de un trámite reversible pensado para vehículos que volverán a utilizarse en el futuro. Si finalmente decides no recuperarlo, puede interesarte la baja definitiva del vehículo, que tiene efectos distintos.

Requisitos para solicitar la baja temporal

Documentación necesaria

  • Permiso de circulación original.
  • Ficha técnica del vehículo.
  • DNI, NIE o NIF del titular (o CIF si se trata de una empresa).
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente.

Si has perdido el permiso de circulación o la ficha técnica, o te los han robado junto con el vehículo, puedes presentar una declaración responsable indicando el motivo por el que no puedes aportar dicha documentación.

Cuánto cuesta la baja temporal

La tasa oficial de la DGT para solicitar la baja temporal es de 8,67 € en 2026 (tasa 4.1). El pago puede realizarse desde la Sede Electrónica de la DGT o antes de acudir a la Jefatura. La DGT no admite pagos en efectivo.

Cómo solicitar la baja temporal — paso a paso

Opción 1: Online

  1. Accede a la Sede Electrónica de la DGT.
  2. Identifícate mediante Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
  3. Selecciona el vehículo dentro del apartado "Tus vehículos".
  4. Realiza el pago de la tasa y confirma la solicitud.
  5. Descarga el justificante de la baja temporal para conservarlo y comunicar la situación a tu compañía aseguradora.

Opción 2: Presencial

  1. Solicita cita previa en la DGT.
  2. Acude a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
  3. Presenta la documentación y abona la tasa.
  4. Recibe el justificante de la baja temporal.

Cuánto dura la baja temporal

La baja temporal tiene una duración máxima de un año. Antes de que finalice ese plazo puedes solicitar una prórroga por otro año y no existe un límite al número de renovaciones. Mientras presentes la solicitud dentro del plazo establecido, podrás mantener el vehículo en baja temporal durante el tiempo que necesites.

Si no solicitas la prórroga ni tramitas el alta antes de que finalice la baja, el vehículo volverá automáticamente a la situación de alta administrativa, recuperando todas las obligaciones legales, como disponer del IVTM, la ITV en vigor y el seguro obligatorio.

Excepción — vehículos agrícolas: no están sujetos al límite de un año. Antes de solicitar la baja temporal en la DGT deben tramitar previamente la baja correspondiente en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de la comunidad autónoma.

¿Puedo circular o aparcar en la calle con el vehículo de baja temporal?

No. Mientras el vehículo permanezca en baja temporal no puede circular por la vía pública.

  • Si permanece estacionado en la vía pública, deberá seguir disponiendo de ITV y seguro obligatorio en vigor.
  • Si se encuentra guardado en una propiedad privada (garaje, nave o finca), durante la baja temporal no será necesario mantener ambos requisitos.

Cómo volver a dar de alta el vehículo

El alta puede solicitarse en cualquier momento mientras la baja temporal continúe vigente. Antes de volver a circular será necesario:

El trámite puede realizarse desde la Sede Electrónica de la DGT o presencialmente con cita previa en la Jefatura Provincial de Tráfico.

Baja temporal vs. baja definitiva

Aunque ambos procedimientos suspenden la circulación del vehículo, tienen finalidades diferentes:

  • Baja temporal: es reversible y está pensada para vehículos que volverán a utilizarse más adelante.
  • Baja definitiva: supone la retirada permanente del vehículo de la circulación, normalmente tras su entrega a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT).

Si ya sabes que el vehículo no volverá a circular, resulta más adecuado tramitar la baja definitiva del vehículo, ya que el procedimiento y sus efectos son diferentes a los de la baja temporal.

Baja temporal por robo del vehículo

Si el vehículo ha sido robado, el procedimiento es diferente al de una baja temporal voluntaria. Lo primero es presentar la correspondiente denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que comunicarán la sustracción a la DGT. Este supuesto no se tramita mediante el procedimiento ordinario disponible en la Sede Electrónica de la DGT.

Impuesto de circulación (IVTM) y baja temporal

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) se devenga cada 1 de enero. Si el vehículo estaba dado de alta en esa fecha, el ayuntamiento correspondiente cobrará el impuesto completo del año, aunque la baja temporal se solicite pocos días después. Por ello, si sabes que no vas a utilizar el vehículo durante el año siguiente, conviene tramitar la baja antes de finalizar el año en curso.

Preguntas frecuentes sobre la baja temporal de vehículo

¿Cuánto cuesta dar de baja temporalmente un coche?

La tasa oficial de la DGT es de 8,67 € en 2026, tanto para solicitar la baja temporal como para tramitar posteriormente el alta.

¿Cuánto tiempo puede estar un coche de baja temporal?

La duración inicial es de un año y puede prorrogarse indefinidamente solicitando la renovación dentro del plazo previsto. Los vehículos agrícolas cuentan con un régimen específico.

¿Necesito seguro si el coche está de baja temporal?

Solo puedes prescindir del seguro obligatorio y de la ITV cuando el vehículo permanezca guardado en una propiedad privada. Si permanece estacionado en la vía pública, ambos requisitos siguen siendo obligatorios.

¿Qué pasa si no renuevo la baja temporal a tiempo?

El vehículo recuperará automáticamente la situación de alta administrativa y volverán a ser exigibles el IVTM, la ITV y el seguro obligatorio.

¿Puedo dar de baja un coche sin la documentación original?

Sí. Si has perdido el permiso de circulación o la ficha técnica, o te los han robado, puedes presentar una declaración responsable indicando el motivo por el que no aportas dicha documentación.

¿La baja temporal se puede tramitar online?

Sí. Puede realizarse completamente desde la Sede Electrónica de la DGT mediante Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. También es posible hacerlo presencialmente solicitando cita previa en la DGT para acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico.

Fuente

Información elaborada a partir de la documentación oficial de la Dirección General de Tráfico (DGT), la Sede Electrónica de la DGT y la normativa vigente sobre bajas temporales de vehículos. Información actualizada en 2026.

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