sábado, 9 de mayo de 2026

Baja temporal de vehículo en España | Cómo solicitarla en la DGT 2026

✔ Información actualizada en 2026

La baja temporal de un vehículo es el trámite de la DGT que permite dejar de circular con un coche, moto, camión o autobús durante un tiempo, sin necesidad de darlo de baja definitiva. Mientras está en baja temporal, el vehículo deja de estar sujeto a algunas obligaciones (como el impuesto de circulación del año siguiente), pero tampoco puede circular hasta que se vuelva a dar de alta.

En esta guía te explicamos qué requisitos hay que cumplir, cuánto cuesta, cuánto dura, cómo solicitarla online y presencialmente, y cómo volver a poner el vehículo en circulación cuando lo necesites.

¿Qué es la baja temporal de un vehículo?

Para poder circular, un vehículo debe estar en situación de alta administrativa, lo que implica tener al día el impuesto de circulación (IVTM), la ITV y el seguro obligatorio. Si no vas a usar el vehículo durante un tiempo prolongado — por ejemplo, porque lo vas a guardar en un garaje o propiedad privada — puedes solicitar la baja temporal para ahorrarte esos costes mientras esté parado.

Es un trámite pensado para vehículos que no se van a usar durante un periodo largo, pero que probablemente se vuelvan a poner en circulación más adelante. Es reversible en cualquier momento mediante el trámite de alta.

Requisitos para solicitar la baja temporal

  • No tener sanciones de tráfico pendientes de pago sobre el vehículo
  • Tener el IVTM del año en curso pagado (o justificar que no procede)
  • Que el vehículo no tenga un precinto judicial o administrativo vigente — si lo tiene, hay que cancelarlo antes de poder tramitar cualquier baja

Documentación necesaria

  • Permiso de circulación original del vehículo
  • Ficha técnica (tarjeta de inspección técnica)
  • DNI, NIE o NIF del titular (o CIF si es una empresa)
  • Justificante de pago de la tasa (8,67 €)

Si has perdido el permiso de circulación o la ficha técnica, o te los han robado junto con el vehículo, puedes presentar una declaración responsable indicando tus datos, los del vehículo y el motivo por el que no aportas la documentación.

Cuánto cuesta la baja temporal

La tasa oficial de la DGT para la baja temporal es de 8,67 € en 2026 (tasa 4.1). Puede pagarse online en el momento del trámite o adquirirse previamente. No se acepta efectivo en ningún canal de la DGT.

Cómo solicitar la baja temporal — paso a paso

Opción 1: Online

  1. Entra en la sede electrónica de la DGT (sede.dgt.gob.es).
  2. Identifícate con Cl@ve PIN, Cl@ve permanente, certificado digital o DNI electrónico.
  3. En el apartado "Tus vehículos" selecciona la matrícula del vehículo que quieres dar de baja.
  4. Sigue el asistente del trámite y paga la tasa de 8,67 €.
  5. Descarga y guarda el justificante de la baja temporal — lo necesitarás para presentarlo a tu compañía de seguros y así paralizar la póliza.

Opción 2: Presencial

  1. Solicita cita previa en tu Jefatura Provincial de Tráfico — online, por el 060 o desde la app miDGT.
  2. Rellena el impreso oficial de solicitud (disponible también en la propia Jefatura).
  3. Presenta la documentación y paga la tasa.
  4. Recibe el justificante de la baja temporal.

Cuánto dura la baja temporal

La baja temporal tiene una duración máxima de un año. Antes de que termine, puedes solicitar una prórroga de otro año, y no hay límite al número de prórrogas que puedes encadenar — puedes mantener el vehículo de baja indefinidamente siempre que vayas renovando. La prórroga debe solicitarse hasta 2 meses antes de que finalice la baja vigente.

Si dejas pasar el plazo sin pedir prórroga ni dar de alta el vehículo, este vuelve automáticamente a la situación de alta administrativa, con todas las obligaciones que eso implica (impuesto de circulación, ITV, seguro).

Excepción — vehículos agrícolas: no tienen el límite de un año. Pueden permanecer en baja temporal de forma indefinida sin necesidad de prórrogas, aunque antes de tramitarlo en la DGT hay que darlos de baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de la comunidad autónoma correspondiente.

¿Puedo circular o aparcar en la calle con el vehículo de baja temporal?

No puedes circular con el vehículo mientras esté en baja temporal, bajo ninguna circunstancia. Además:

  • Si el vehículo va a estar aparcado en la vía pública, debe seguir teniendo el seguro obligatorio y la ITV en vigor, igual que si estuviera de alta.
  • Solo si guardas el vehículo dentro de una propiedad privada (garaje, finca, nave) puedes prescindir de mantener la ITV y el seguro en vigor durante la baja.

Cómo volver a dar de alta el vehículo

Puedes solicitar el alta en cualquier momento, antes de que termine el plazo de la baja. Antes de volver a circular necesitas:

  • Tener la ITV en vigor (pasarla si está caducada)
  • Contratar o reactivar el seguro obligatorio
  • Estar al día del IVTM del municipio correspondiente
  • Pagar la tasa DGT de alta, también de 8,67 €

El trámite de alta puede solicitarse online en sede.dgt.gob.es o presencialmente en la Jefatura Provincial de Tráfico.

Baja temporal vs. baja definitiva

Son trámites distintos y no deben confundirse:

  • Baja temporal: reversible, con plazo (prorrogable), pensada para vehículos que se van a volver a usar
  • Baja definitiva: el vehículo se retira permanentemente de la circulación (por ejemplo, al achatarrarlo en un centro autorizado). No se puede volver a matricular con esa documentación

Si tienes claro que no vas a volver a usar el vehículo, la baja definitiva suele ser la opción más adecuada.

Baja temporal por robo del vehículo

Si el vehículo te lo han robado, el procedimiento es distinto al de la baja temporal voluntaria: primero debes presentar la denuncia ante la Policía, que es quien comunica la sustracción a la DGT. No se tramita como una baja temporal estándar desde la sede electrónica.

Impuesto de circulación (IVTM) y baja temporal

El IVTM se genera cada 1 de enero. Si el vehículo estaba de alta en esa fecha, el ayuntamiento correspondiente cobrará el impuesto completo del año, aunque lo des de baja pocos días después. Por eso, si sabes que no vas a usar el vehículo el año siguiente, conviene tramitar la baja antes de que termine el año en curso para evitar que se genere un nuevo recibo.

Preguntas frecuentes sobre la baja temporal de vehículo

¿Cuánto cuesta dar de baja temporalmente un coche?

La tasa oficial de la DGT es de 8,67 € en 2026, tanto para la baja como para la posterior alta.

¿Cuánto tiempo puede estar un coche de baja temporal?

Un año, prorrogable indefinidamente de año en año (solicitando la prórroga hasta 2 meses antes de que termine el plazo vigente). Los vehículos agrícolas no tienen este límite.

¿Necesito seguro si el coche está de baja temporal?

Solo si el vehículo va a estar guardado en una propiedad privada puedes prescindir del seguro y la ITV. Si va a permanecer aparcado en la vía pública, debes mantener ambos en vigor igualmente.

¿Qué pasa si no renuevo la baja temporal a tiempo?

El vehículo vuelve automáticamente a la situación de alta administrativa, con la obligación de pagar el IVTM, tener la ITV en vigor y el seguro obligatorio contratado.

¿Puedo dar de baja un coche sin la documentación original?

Sí, si el permiso de circulación o la ficha técnica se han perdido o han sido sustraídos, puedes presentar una declaración responsable indicando el motivo por el que no aportas la documentación.

¿La baja temporal se puede tramitar online?

Sí, completamente, en la sede electrónica de la DGT identificándote con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. También puede tramitarse presencialmente con cita previa en la Jefatura.

Fuente

Información elaborada en base a la Dirección General de Tráfico (DGT) — sección "Baja temporal" de su web oficial (actualizada a marzo de 2026) — y la sede electrónica del Gobierno de España.

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