✔ Información actualizada en 2026
Si has recibido una multa de tráfico de la DGT en España, tienes opciones claras: pagar con un descuento del 50% en los primeros 20 días naturales desde la notificación, o presentar alegaciones si crees que la sanción no es correcta. Si no haces nada en el plazo, la multa pasa a vía ejecutiva y se remite a la Agencia Tributaria con un recargo del 20% adicional.
En esta guía te explicamos cómo pagar una multa DGT por internet, desde la app miDGT, por teléfono o en persona, cómo consultar si tienes sanciones pendientes y qué hacer si no estás de acuerdo con la multa.
Plazos clave que debes conocer
Cuando recibes una notificación de multa, el reloj empieza a correr:
| Plazo desde notificación | Qué puedes hacer |
|---|---|
| Primeros 20 días naturales | Pagar con descuento del 50% — al pagar renuncias a recurrir |
| Primeros 20 días naturales | Presentar alegaciones si no estás de acuerdo — sin pagar (renuncias al descuento) |
| Hasta 45 días naturales desde la notificación (si no pagaste con descuento ni recurriste) | Periodo ordinario: pagar el importe íntegro (100%), sin descuento. Ya no caben alegaciones, solo un recurso extraordinario de revisión si hay un error en la denuncia |
| Pasados los 45 días naturales sin pagar | La multa se remite a la Agencia Tributaria (AEAT) para su cobro en vía ejecutiva, con un recargo del 20% |
Importante: pagar con el descuento del 50% implica aceptar la infracción — ya no puedes recurrir después. Si crees que la multa es injusta, no pagues y presenta alegaciones dentro de los primeros 20 días naturales.
Cómo pagar una multa DGT online — paso a paso
- Entra en sede.dgt.gob.es y selecciona "Pago de multas".
- Puedes pagar sin identificación digital introduciendo el número de expediente y la matrícula del vehículo, o identificándote con Cl@ve para ver todas tus multas pendientes.
- Selecciona la multa que quieres pagar y comprueba el importe con descuento si estás dentro del plazo.
- Paga con tarjeta bancaria (débito o crédito). No se acepta efectivo en ningún canal de la DGT.
- Guarda el justificante de pago — descárgalo en PDF. Es tu prueba de que has pagado.
Pagar multas desde la app miDGT
La app miDGT (disponible gratis en App Store y Google Play) permite consultar y pagar multas directamente desde el móvil:
- Abre miDGT e identifícate con Cl@ve o certificado digital.
- Ve a la sección "Multas y sanciones".
- Selecciona la sanción pendiente y pulsa "Pagar".
- Completa el pago con tarjeta. El justificante queda guardado en la app.
Pagar por teléfono — 060
Puedes pagar multas llamando al 060. El sistema automatizado te pedirá el número de expediente, la matrícula y los datos de la tarjeta bancaria. Es una opción útil si no tienes acceso a internet o prefieres la vía telefónica.
Pagar presencialmente
Si prefieres el pago presencial, las opciones son:
- Jefatura Provincial de Tráfico de tu provincia — con cita previa, pago con tarjeta (no efectivo)
- Oficinas de Correos habilitadas
- Entidades bancarias colaboradoras — con el número de expediente y la carta de pago
Cómo consultar si tienes multas pendientes
Puedes consultar tus sanciones pendientes de varias formas:
- Online: en sede.dgt.gob.es → "Consulta de sanciones" — necesitas Cl@ve o certificado digital
- App miDGT: sección "Multas y sanciones" — muestra todas las pendientes vinculadas a tu DNI y tus vehículos
- DEV (Dirección Electrónica Vial): si la tienes activa, las notificaciones de multas llegan directamente a tu buzón digital antes que en papel
Qué pasa si no pagas la multa
Si ignoras la multa y no pagas ni recurres en el plazo:
- Pasados los 45 días naturales desde la notificación sin pagar el importe íntegro, la multa se remite a la Agencia Tributaria (AEAT), que la cobra en vía ejecutiva con un recargo del 20% sobre el importe original
- Si sigues sin pagar, la AEAT puede embargar cuentas bancarias, nóminas o bienes
- La deuda puede aparecer en ficheros de morosos
- Pueden retenerse las matrículas de los vehículos a tu nombre
Cómo recurrir una multa si no estás de acuerdo
Si crees que la multa es incorrecta, tienes 20 días naturales desde la notificación para presentar alegaciones. Puedes hacerlo:
- Online en sede.dgt.gob.es → "Presentación de escritos"
- Por registro en la Jefatura de Tráfico
- Por correo certificado
Si la DGT desestima las alegaciones, tienes un plazo de un mes desde la notificación de la resolución para recurrir de nuevo, o acudir a la vía contencioso-administrativa. Pasado el plazo de alegaciones (20 días), solo cabe un recurso extraordinario de revisión si hay un error o anomalía en la propia denuncia.
Preguntas frecuentes sobre el pago de multas DGT
¿Cuánto descuento se aplica por pronto pago?
El 50% del importe de la multa si pagas en los primeros 20 días naturales desde la notificación. Al pagar con descuento aceptas la infracción y renuncias a recurrir.
¿Cómo saber si tengo multas pendientes?
Puedes consultarlas en sede.dgt.gob.es o en la app miDGT con tu Cl@ve o certificado digital. Si tienes la DEV activa, las notificaciones llegan antes al buzón digital.
¿Puedo pagar una multa sin el número de expediente?
Si accedes con Cl@ve a la sede electrónica, puedes ver todas tus multas pendientes sin necesidad de tener el número a mano. Sin identificación digital, necesitarás el número de expediente y la matrícula.
¿Qué pasa si no pago la multa a tiempo?
Tras los 20 días de plazo con descuento, tienes hasta 45 días naturales desde la notificación para pagar el importe íntegro sin recargo. Pasado ese plazo, la multa se remite a la Agencia Tributaria con un recargo del 20% y puede derivar en embargo de cuentas, nóminas o bienes.
¿Puedo pagar la multa en efectivo?
No. La DGT no acepta efectivo en ningún canal — solo tarjeta bancaria, pago online o transferencia en las entidades colaboradoras habilitadas.
¿Puedo recurrir después de pagar con descuento?
No. Al pagar con el descuento del 50% aceptas la infracción y renuncias automáticamente al derecho de recurso. Si quieres recurrir, no pagues y presenta alegaciones dentro de los 20 días naturales.
Fuente
Información elaborada en base a la Dirección General de Tráfico (DGT) — sección "Qué hacer si has recibido una multa" — y la normativa vigente sobre infracciones y sanciones de tráfico en España. Actualizada en 2026.
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