✔ Información actualizada en 2026
La prestación por desempleo la gestiona el SEPE y cubre a los trabajadores que pierden su empleo de forma involuntaria y han cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años. Esta guía explica cuánto se cobra con los topes mínimos y máximos reales de 2026, la tabla completa de duración, qué situaciones generan derecho a la prestación, cómo funciona el subsidio cuando se agota el paro contributivo y qué ocurre si se trabaja mientras se cobra.
Requisitos para cobrar el paro
- Estar en situación legal de desempleo (despido, fin de contrato, ERE, ERTE extinguido, excedencia forzosa, etc.)
- Haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años
- Estar afiliado y en situación de alta o asimilada en la Seguridad Social
- No haber cumplido la edad de jubilación
- Estar disponible para buscar activamente empleo y no rechazar ofertas adecuadas
- Inscribirse como demandante de empleo en el servicio público de empleo
Situaciones que NO dan derecho: dimisión voluntaria, mutuo acuerdo simulado, excedencia voluntaria o abandono del trabajo. En estos casos no existe situación legal de desempleo.
¿Cuánto se cobra de paro? Importes 2026
La prestación se calcula como un porcentaje de la base reguladora (media de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días). Desde la reforma de 2024 (Real Decreto-ley 2/2024), el porcentaje del segundo tramo subió del 50% al 60%:
- Primeros 180 días (6 meses): 70% de la base reguladora
- A partir del día 181 (mes 7): 60% de la base reguladora
Pero existen topes mínimos y máximos que limitan el importe real en 2026:
| Situación familiar | Mínimo mensual 2026 | Máximo mensual 2026 |
|---|---|---|
| Sin hijos a cargo | 560 € | 1.225 € |
| Con un hijo a cargo | 749 € | 1.400 € |
| Con dos o más hijos | 749 € | 1.575 € |
Los importes dependen del IPREM vigente cada año (en 2026 el IPREM mensual es de aproximadamente 600 €). Conviene verificar los valores actualizados en la web del SEPE, ya que se revisan anualmente.
Tabla completa de duración del paro
| Días cotizados en los últimos 6 años | Duración de la prestación |
|---|---|
| 360 – 539 | 4 meses |
| 540 – 719 | 6 meses |
| 720 – 899 | 8 meses |
| 900 – 1.079 | 10 meses |
| 1.080 – 1.259 | 12 meses |
| 1.260 – 1.439 | 16 meses |
| 1.440 – 1.619 | 18 meses |
| 1.620 – 1.799 | 20 meses |
| 1.800 – 2.159 | 22 meses |
| 2.160 o más | 24 meses (máximo) |
Plazo para solicitar el paro: crítico no pasarlo
La solicitud debe presentarse en los 15 días hábiles siguientes a la situación legal de desempleo. Si se presenta fuera de plazo:
- El derecho a la prestación no desaparece, pero se pierden los días transcurridos desde el día 16 hábil hasta la fecha de presentación
- Ejemplo: si el contrato termina el 1 de junio y solicitas el paro el 1 de julio (más de 15 días hábiles después), pierdes los días de prestación que corresponden a ese retraso
Cómo solicitar la prestación por desempleo
- Inscríbete como demandante de empleo en el servicio autonómico de empleo (INEM en algunas comunidades, SERVEF en Valencia, SOC en Cataluña, etc.) — esto puede hacerse online o presencialmente.
- Presenta la solicitud de prestación ante el SEPE (no ante el INSS) — online en la Sede Electrónica del SEPE (sede.sepe.gob.es), por teléfono en el 900 818 018 o presencialmente con cita previa.
- Aporta el certificado de empresa con la causa y fecha del cese. Si la empresa no lo entrega en plazo, el SEPE puede reclamárselo directamente.
- Facilita los datos bancarios para el cobro.
Qué ocurre si trabajas mientras cobras el paro
Depende del tipo de trabajo:
- Trabajo a tiempo completo: la prestación se extingue. Los días no consumidos se pierden salvo que queden más de 60 días, en cuyo caso pueden recuperarse si se vuelve a la situación de desempleo antes de que transcurran 6 años desde el inicio de la prestación original.
- Trabajo a tiempo parcial: la prestación se suspende en la parte proporcional a la jornada trabajada. Se puede compatibilizar el trabajo a tiempo parcial con el cobro parcial del paro.
- Trabajo de menos de 3 meses: la prestación se suspende mientras dura el trabajo y se reanuda después sin perder los días restantes.
Obligación de comunicar al SEPE cualquier trabajo, aunque sea de un día. No comunicarlo es fraude y puede suponer la devolución de todo lo cobrado más sanciones.
El subsidio por desempleo: qué es y cuándo se accede
Cuando se agota la prestación contributiva o no se cumplen los requisitos para acceder a ella, existe el subsidio por desempleo, una ayuda de protección asistencial:
- Importe: 80% del IPREM mensual — aproximadamente 480 € en 2026
- Duración: entre 3 y 30 meses según la situación (edad, cargas familiares, cotización previa)
- Requisitos: carecer de rentas superiores al 75% del SMI, estar en situación de desempleo y cumplir alguna de las situaciones específicas (haber agotado el paro contributivo, ser mayor de 45 años con responsabilidades familiares, etc.)
Cese de actividad para autónomos
Los autónomos no tienen acceso a la prestación contributiva por desempleo, pero desde 2010 existe el cese de actividad (conocido popularmente como "el paro de los autónomos"):
- Requisitos: cotizar al menos 12 meses continuados por cese de actividad, que el cese sea involuntario (pérdidas, deudas, causas económicas objetivas) y no haber cumplido la edad de jubilación
- Importe: 70% de la base reguladora (media de los últimos 12 meses cotizados)
- Duración: entre 2 y 24 meses según los meses cotizados
- Gestión: a través de la mutua colaboradora o el SEPE, según el caso
Preguntas frecuentes sobre la prestación por desempleo
¿Cuántos días hay que cotizar para cobrar el paro?
El mínimo es 360 días cotizados por desempleo en los últimos 6 años. Con ese mínimo se accede a 4 meses de prestación. El máximo son 24 meses con 2.160 días o más cotizados.
¿Cuánto se cobra de paro en 2026?
El 70% de la base reguladora los primeros 180 días y el 60% a partir del día 181, con un mínimo de 560 € sin hijos y 749 € con hijos a cargo, y un máximo de entre 1.225 € y 1.575 € según las cargas familiares.
¿Puedo cobrar el paro si dimito?
No. La dimisión voluntaria no genera situación legal de desempleo. Sí dan derecho al paro el despido (incluido el despido improcedente), el fin de contrato temporal, el abandono por causas imputables a la empresa (acoso, falta de pago de salarios) y los ERE/ERTE extinguidos.
¿Cuánto tiempo tengo para pedir el paro?
15 días hábiles desde la situación legal de desempleo. Solicitarlo después no hace perder el derecho, pero sí los días de prestación transcurridos desde el día 16 hábil hasta la presentación de la solicitud.
¿Qué pasa si encuentro trabajo mientras cobro el paro?
Depende del contrato. A tiempo completo: la prestación se extingue (los días restantes pueden recuperarse si quedan más de 60 y se vuelve al desempleo dentro de 6 años). A tiempo parcial: compatible con cobro parcial del paro. Cualquier trabajo debe comunicarse al SEPE antes de empezar.
¿Los autónomos pueden cobrar el paro?
No la prestación contributiva, pero sí el cese de actividad si han cotizado al menos 12 meses continuados y el cese es involuntario. El importe es el 70% de la base reguladora con una duración de 2 a 24 meses.
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Fuente
La información fue elaborada con base en el Servicio Público de Empleo Estatal (sepe.es, sección "Cuantías anuales" de prestaciones por desempleo) y el Real Decreto-ley 2/2024, que modificó los porcentajes aplicables a la base reguladora a partir del día 181, actualizada a 2026.
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