miércoles, 3 de junio de 2026

Radares de tráfico en España | Tipos, margen de tolerancia e impugnación 2026

✔ Información actualizada en 2026

Los radares de tráfico en España son los principales instrumentos de control de velocidad de la DGT. Hay varios tipos — fijos, móviles, de tramo y de semáforo — y cada uno funciona de forma distinta. Conocer cómo detectan, cuál es el margen técnico y qué posibilidades hay de impugnar una sanción puede marcar la diferencia entre pagar y recurrir con éxito. Esta guía explica cada tipo, cómo funcionan y qué argumentos son válidos para recurrir.

Tipos de radares de tráfico en España

Radar fijo

Instalado permanentemente en una ubicación concreta — habitualmente en un poste o cabina a pie de carretera. Mide la velocidad puntual del vehículo al pasar por su zona de detección mediante tecnología doppler o láser. Su ubicación está publicada oficialmente por la DGT y debe estar señalizado con un cartel de aviso previo.

Características clave:

  • Detecta vehículos en ambos sentidos en la mayoría de modelos modernos
  • Captura fotografía frontal y trasera del vehículo infractor
  • Funciona 24 horas, 365 días al año
  • La ubicación es pública y figura en el mapa de radares de la DGT y en apps de navegación

Radar móvil

Operado por agentes de tráfico desde un vehículo estacionado o en movimiento. Puede instalarse en cualquier punto de la red viaria sin previo aviso. No existe obligación de señalización previa para los radares móviles — es el argumento más utilizado en recursos, aunque los tribunales han confirmado su legalidad.

Características clave:

  • Se desplaza y puede actuar en cualquier punto de la red
  • No requiere señalización previa
  • El agente puede detener al conductor en el momento o enviar la denuncia por correo
  • Puede operar camuflado en vehículos sin distintivos visibles

Radar de tramo (control de velocidad media)

Mide la velocidad media del vehículo entre dos puntos separados — generalmente entre 1 y 10 km. Hay una cámara al inicio y otra al final del tramo. Si el tiempo entre ambas cámaras es inferior al que correspondería circulando al límite permitido, se genera la denuncia automáticamente.

Por qué es más eficaz que el radar puntual: el conductor no puede frenar al pasar el radar y luego acelerar — el sistema mide el tiempo total del recorrido. No importa a qué velocidad pasa por cada cámara, sino cuánto tarda en recorrer el tramo.

Características clave:

  • Dos cámaras — inicio y final del tramo señalizado
  • Mide velocidad media, no puntual
  • Muy eficaz en túneles, obras y tramos con velocidad reducida
  • El tramo debe estar señalizado al inicio con el límite de velocidad y la indicación de control de velocidad media

Radar de semáforo

Instalado en intersecciones con semáforo (conocidos como sistemas "foto-rojo"), habitualmente señalizados con una señal vertical azul. Detecta vehículos que cruzan en fase roja y, en algunos casos, también controla la velocidad de aproximación. La infracción de saltarse el semáforo en rojo es muy grave: multa de 200 € y pérdida de 4 puntos del carné. Con pronto pago, la multa se reduce a 100 € (50%).

Radar en helicóptero y drones (Pegasus)

El sistema Pegasus opera desde helicópteros y drones de la DGT. Detecta no solo exceso de velocidad sino también uso del móvil, no llevar cinturón, distancia de seguridad insuficiente y adelantamientos peligrosos. Las imágenes son revisadas por agentes que cursan la denuncia si procede.

El margen técnico de los radares

Desde 2025, la DGT eliminó la antigua "regla del 5 y del 7" (que aplicaba un mismo margen a todos los radares) y ajustó los márgenes de tolerancia según el tipo de radar, con tecnología más precisa:

Tipo de radar Hasta 100 km/h Por encima de 100 km/h
Radar fijo / de tramo Se restan 3 km/h Se resta el 3%
Radar móvil Se restan 5 km/h Se resta el 5%

Ejemplo práctico: en una vía con límite de 120 km/h, un radar fijo empieza a sancionar a partir de 125 km/h (120 + 3% ≈ 4 km/h); un radar móvil, a partir de 128 km/h (120 + 5% = 6 km/h). En una zona urbana con límite de 50 km/h, el radar fijo salta a partir de 54 km/h (margen de 3 km/h) y el móvil a partir de 56 km/h (margen de 5 km/h), ya que por debajo de 100 km/h el margen se aplica en valor fijo, no porcentual.

Señalización obligatoria de los radares

La normativa establece distintas obligaciones de señalización según el tipo:

  • Radares fijos: obligatorio cartel de aviso previo con el símbolo de control de velocidad. Su ubicación debe estar publicada en la web de la DGT.
  • Radares de tramo: obligatorio señalizar el inicio y final del tramo con el límite y la indicación de control de velocidad media.
  • Radares móviles: no requieren señalización previa. Esta es la diferencia clave que muchos conductores desconocen.
  • Radar de semáforo: señalizado con la señal vertical azul de control en el propio cruce, sin requerir aviso adicional previo.

Cómo impugnar una multa de radar

Si consideras que la sanción no es correcta, tienes 20 días naturales desde la notificación para presentar alegaciones (plazo del art. 30.2 de la Ley 39/2015; si el último día cae en fin de semana o festivo, se prorroga al siguiente día hábil). Presentar alegaciones implica renunciar a la reducción del 50% por pronto pago. Los motivos más sólidos:

  • Falta de calibración vigente: los radares deben pasar verificaciones periódicas. Si el radar no tenía la calibración en vigor en el momento de la infracción, la sanción puede ser nula. La calibración es pública y puede solicitarse al organismo competente de metrología de cada CCAA.
  • Falta de señalización en radar fijo o de tramo: si no había cartel de aviso previo donde la normativa lo exige.
  • Error en la identificación del vehículo: si la matrícula o el vehículo identificado en la foto no coincide claramente con el tuyo.
  • Velocidad registrada incorrecta: si puedes acreditar que la velocidad real era inferior (por ejemplo, con datos del tacógrafo en vehículos profesionales).
  • Defectos formales: falta de datos del agente denunciante, fecha o lugar incorrectos, falta de identificación del aparato.

Lo que NO funciona como argumento: "no había señal de velocidad", "iba con el tráfico", "la multa llegó tarde". La ausencia de señalización solo es relevante para radares fijos y de tramo, no para móviles.

Preguntas frecuentes sobre los radares de tráfico

¿Los radares móviles tienen que estar señalizados?

No. Los radares móviles no requieren señalización previa. La obligación de señalización solo aplica a los radares fijos y de tramo. Múltiples sentencias han confirmado la legalidad de los radares móviles sin señalización.

¿Cuál es el margen de tolerancia de los radares en España?

Depende del tipo de radar. Los fijos y de tramo aplican un margen de 3 km/h hasta 100 km/h (3% por encima); los móviles aplican 5 km/h hasta 100 km/h (5% por encima). Este margen compensa el posible error técnico del aparato y se aplica antes de determinar si hay infracción.

¿Cómo funciona el radar de tramo?

Mide el tiempo que tarda el vehículo en recorrer una distancia fija entre dos cámaras. Si ese tiempo es inferior al que correspondería circulando al límite, se genera la denuncia. No importa la velocidad puntual en cada cámara — solo la media del tramo.

¿Puedo impugnar una multa de radar por falta de calibración?

Sí. Si el radar no tenía la calibración vigente en el momento de la infracción, la sanción puede ser nula. La calibración es pública y puede solicitarse. Es uno de los argumentos más sólidos en los recursos.

¿Dónde están los radares fijos en España?

La DGT publica el mapa oficial de radares fijos en su web (dgt.es). También aparecen en apps de navegación como Google Maps, Waze o TomTom. Los radares móviles no tienen ubicación fija publicada.

¿El sistema Pegasus puede multarme por el móvil o el cinturón?

Sí. El sistema Pegasus desde helicópteros y drones detecta múltiples infracciones: exceso de velocidad, uso del móvil, no llevar cinturón, distancia de seguridad insuficiente y adelantamientos peligrosos. Las imágenes son revisadas por un agente antes de cursar la denuncia.

Fuente

Información elaborada en base a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (RDL 6/2015), el Reglamento General de Circulación, la actualización 2025 de los márgenes de tolerancia de radares de la DGT, y fuentes oficiales de la DGT (dgt.es, sede.dgt.gob.es). Actualizada en 2026.

También puede interesarte

No hay comentarios: