✔ Información actualizada en 2026
Cl@ve Permanente es la modalidad del sistema Cl@ve pensada para quienes hacen trámites con la Administración de forma habitual. A diferencia de Cl@ve PIN, permite establecer una contraseña propia que se usa en cada acceso, reforzada con un código de un solo uso cuando el trámite lo requiere.
Esta guía explica los requisitos de la contraseña, cómo registrarse y activarla, y cómo usarla con la app Cl@ve Móvil en 2026.
Requisitos de la contraseña
La contraseña de Cl@ve Permanente debe tener una longitud mínima de 8 caracteres y contener al menos un carácter de cada uno de estos cuatro grupos: letras minúsculas, letras mayúsculas, dígitos y caracteres especiales.
Cómo registrarse
- Entrar en clave.gob.es y seleccionar "Registro en Cl@ve".
- Elegir la opción "Sin certificado electrónico" e introducir el DNI o NIE, la fecha de nacimiento y un correo electrónico de contacto.
- Recibir el código de activación por alguna de las vías disponibles (ver más abajo).
- Acceder al servicio de activación con el DNI/NIE, el email y el código de activación recibido.
- El sistema envía un código numérico de un solo uso (OTP) por SMS, que hay que introducir para confirmar la identidad.
- Establecer la contraseña definitiva, cumpliendo los requisitos de seguridad indicados arriba.
Cómo recibir el código de activación
Por correo postal
El sistema envía una carta con el código de activación al domicilio empadronado del solicitante. El plazo de entrega habitual es de 7 a 15 días hábiles.
Presencialmente en la Agencia Tributaria
Pidiendo cita previa en la sede de la AEAT y acudiendo con el DNI o NIE (o TIE) original y, en el caso de extranjeros, el pasaporte original. El funcionario verifica la identidad en el momento, y el mismo día se recibe un correo con las instrucciones para establecer la contraseña. Es la vía más rápida.
Uso con la app Cl@ve Móvil
La app Cl@ve Móvil permite generar el código de un solo uso directamente desde el teléfono en lugar de recibirlo por SMS, lo que agiliza el acceso en los trámites que requieren verificación reforzada. Está disponible para iOS y Android, vinculada a la cuenta Cl@ve Permanente ya registrada.
En qué trámites se usa Cl@ve Permanente
Está aceptada en prácticamente todos los organismos que admiten Cl@ve: Agencia Tributaria, Seguridad Social, SEPE, DGT, Ministerio de Justicia y sedes autonómicas y municipales. Es habitual que gestorías, autónomos y quienes usan la Sede Electrónica con frecuencia prefieran esta modalidad frente a Cl@ve PIN, precisamente porque no requiere recibir un nuevo código cada vez que se accede (solo cuando el trámite exige verificación reforzada).
Preguntas frecuentes sobre Cl@ve Permanente
¿Puedo cambiar mi contraseña de Cl@ve Permanente?
Sí, desde el propio portal clave.gob.es, identificándose primero con la contraseña actual o regenerando el código de activación si se ha olvidado.
¿Qué hago si pierdo el código de activación antes de usarlo?
Puede regenerarse un nuevo código de activación desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, sin necesidad de reiniciar todo el proceso de registro desde cero.
¿Cl@ve Permanente y Cl@ve Móvil son lo mismo?
No. Cl@ve Permanente es la modalidad de identificación con contraseña duradera; Cl@ve Móvil es la app que genera el código de un solo uso asociado a esa cuenta, como alternativa al SMS.
¿Necesito certificado digital para registrarme en Cl@ve Permanente?
No es obligatorio. Puede registrarse sin certificado electrónico, recibiendo el código de activación por carta postal o acreditando la identidad presencialmente en la Agencia Tributaria.
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Fuente
La información fue elaborada con base en el portal oficial de Cl@ve (clave.gob.es, secciones "Cl@ve Permanente" y "Características de la contraseña") y la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (sede.agenciatributaria.gob.es, ayuda sobre activación y regeneración del código de Cl@ve Permanente).
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